Tijuana, Baja California, 23 de junio de 2026.- La reciente entrada en vigor de la reforma al Reglamento de Tránsito y Control Vehicular de Tijuana que permite el uso de vidrios polarizados volvió a generar debate entre automovilistas y autoridades. La síndica procuradora, Teresita Balderas, afirmó que la modificación contiene vacíos técnicos que podrían derivar en multas aplicadas bajo criterios subjetivos, debido a la falta de parámetros específicos para medir el nivel permitido de polarizado.
La funcionaria explicó que la reforma publicada el pasado 12 de junio establece que los vehículos podrán circular con ventanillas oscurecidas mediante películas de control solar o tintes especiales, siempre que no excedan un “término medio” y no impidan la visibilidad hacia el interior de la unidad.

Sin embargo, señaló que el concepto de “término medio” no está definido en porcentajes ni cuenta con estándares técnicos que permitan determinar de manera uniforme cuándo un vehículo incumple la norma.
De acuerdo con Balderas, la Sindicatura llevaba aproximadamente un año realizando mesas de trabajo para analizar el tema y proponer una regulación más precisa antes de que la reforma entrara en vigor. Durante esas revisiones, detectaron que el reglamento no establece niveles concretos de transmisión de luz ni contempla herramientas oficiales para medirlos.
La preocupación principal radica en que los agentes de tránsito actualmente no cuentan con equipos certificados para determinar el porcentaje de polarizado instalado en un vehículo. Esto podría provocar que la aplicación de infracciones dependa de la apreciación individual de cada oficial.
La síndica explicó que los dispositivos utilizados en otras jurisdicciones miden porcentajes específicos de transmisión luminosa y permiten verificar objetivamente si un vidrio cumple o no con la norma. En contraste, la redacción actual del reglamento deja abierta la interpretación sobre qué puede considerarse un polarizado aceptable.

Para los conductores, la consecuencia puede ser significativa. La infracción por circular con un polarizado que, a juicio de la autoridad, exceda el límite permitido asciende a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a aproximadamente 3 mil 519 pesos.
La legislación contempla que el ciudadano pueda acudir ante un juez municipal para solicitar la revisión de la sanción. En algunos casos, la multa podría reducirse a 21 UMA, alrededor de 2 mil 280 pesos.
Además, si el conductor se niega a retirar la mica considerada irregular y existen otras faltas relacionadas con la documentación vehicular, el vehículo podría ser remitido al corralón conforme a las disposiciones vigentes.
Balderas advirtió que la falta de lineamientos técnicos también genera incertidumbre para los negocios que ofrecen servicios de polarizado, ya que actualmente no existe una referencia oficial que permita determinar qué productos cumplen con la regulación municipal.
Otro de los factores señalados es la diferencia de comportamiento de los polarizados según la iluminación. Un mismo nivel de oscurecimiento puede percibirse distinto durante el día y la noche, lo que complica aún más las evaluaciones visuales.
La Sindicatura anunció que continuará recopilando información y atendiendo quejas ciudadanas relacionadas con la aplicación de esta norma. El objetivo será presentar una propuesta de reforma que establezca porcentajes específicos de transmisión luminosa y contemple la adquisición de equipos de medición para los agentes de tránsito.
La discusión también tiene implicaciones para la movilidad transfronteriza. Miles de vehículos procedentes de California circulan diariamente en Tijuana, por lo que la autoridad considera necesario generar reglas claras que otorguen certeza tanto a residentes como a visitantes.
Mientras no existan criterios técnicos definidos, especialistas y autoridades coinciden en que la principal demanda de la ciudadanía será contar con reglas transparentes y mecanismos de verificación que eviten interpretaciones discrecionales al momento de aplicar sanciones.

