Tijuana, Baja California, 24 de junio de 2025.– La Sindicatura Procuradora del XXV Ayuntamiento de Tijuana aclaró este martes que las audiencias relacionadas con procedimientos administrativos contra funcionarios o exfuncionarios municipales no requieren la presencia de su titular, conforme a lo establecido en su Reglamento Interno.
De acuerdo con el artículo 46 del reglamento, la Dirección de Responsabilidades, a través del Departamento de Substanciación, tiene la facultad de conducir estos procesos. Esta disposición incluye la celebración de audiencias iniciales, el levantamiento de actas y la programación de comparecencias, sin que sea necesaria la participación directa de la síndico procuradora.
El mismo reglamento, en su artículo 7, indica que cada dirección cuenta con un servidor público responsable del trámite y seguimiento de los asuntos asignados. Además, el artículo 8 especifica que las y los directores de área pueden ejercer funciones delegadas por el titular de la dependencia, debiendo mantenerle informado del avance en los procedimientos.
Estas disposiciones normativas respaldan la actuación del personal técnico y jurídico de la Sindicatura en el seguimiento de casos administrativos, aún en ausencia de la titular, siempre y cuando se cumpla con lo estipulado por la ley interna del organismo.
La Sindicatura reiteró que estas prácticas están orientadas a mantener la transparencia, la legalidad y la eficiencia dentro del servicio público municipal.
