Ciudad de México, 28 de octubre de 2025.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensificó su campaña de orientación sobre Actividades Vulnerables, con el fin de promover la regularización de quienes están obligados a cumplir la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
La estrategia incluye la actualización del minisitio especializado en el tema, la ampliación del programa de trípticos informativos y la difusión de herramientas digitales que permiten a los contribuyentes identificar si realizan actividades catalogadas como vulnerables.
Distribución masiva de material informativo
Desde febrero de este año se han distribuido físicamente más de 1.9 millones de trípticos que explican cómo registrarse en el padrón, identificar a clientes y usuarios, así como presentar avisos conforme a lo que marca la ley. A su vez, se envió por correo electrónico la versión digital de estos materiales, acompañados de cuestionarios interactivos para verificar si una actividad entra en esta categoría.
El SAT recordó que los sujetos obligados deben inscribirse en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero y cumplir con la presentación periódica de avisos, además de conocer los derechos y responsabilidades que la ley establece.
Actividades consideradas vulnerables
La LFPIORPI clasifica como Actividades Vulnerables aquellas susceptibles de ser utilizadas en operaciones con recursos ilícitos. Entre ellas destacan:
Juegos con apuestas, sorteos y concursos Emisión de tarjetas de servicios y prepagadas Comercialización de metales, piedras preciosas y relojes Subasta o venta de obras de arte Comercialización de vehículos terrestres, aéreos o marítimos Blindaje de autos e inmuebles Servicios profesionales para actuar en nombre de un cliente Recepción de donativos Comercio exterior con agente o apoderado aduanal Proveedores de activos virtuales
Multas por incumplimiento
El SAT advirtió que si los sujetos obligados niegan información o no permiten la verificación de las autoridades, pueden recibir sanciones que van de 200 hasta 2,000 UMAS. Con el valor vigente de la UMA en 2025 (108.57 pesos), esto equivale a multas que oscilan entre 21,714 y 217,140 pesos mexicanos.
En cumplimiento con estándares internacionales
La autoridad fiscal destacó que estas acciones refuerzan la lucha contra el lavado de dinero en México, en concordancia con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo internacional encargado de fijar estándares en la materia.
