ENSENADA, B.C.- El pasado viernes 19 de marzo, el Gobierno de Ensenada, ejecutó la recuperación administrativa de una porción de la vía pública, calle Ocho, del Parque Industrial Fondeport.
El presidente municipal, Armando Ayala Robles, expuso que esta vialidad era ocupada desde hace aproximadamente 13 años por la empresa Pesquera Hang Young S. A. de C. V.
Sin embargo, dijo, esta empresa no contaba con autorización oficial por parte del municipio de Ensenada para el legal uso de esa superficie correspondiente a la calle Ocho.
Armando Ayala precisó que, aunque la empresa presentó diversas solicitudes para adquirir la superficie de más de mil metros cuadrados de la vía pública que había tenido invadida, en un acto ilegal, desde hace más de una década, las solicitudes de compraventa y desincorporación de dominio público fueron negadas tanto por la administración anterior, como por el actual XXIII Ayuntamiento.
Al respecto, el director de Administración Urbana, Ecología y Medio Ambiente, Héctor Villalobos Buelna, mencionó que este espacio también alberga servicios públicos subterráneos.
Esto fue parte de los motivos que llevaron al Ayuntamiento de Ensenada no sólo a negar la venta de la vía pública, sino también, a ordenar la recuperación administrativa de la vialidad.
Villalobos Buelna explicó que una vez desahogado el procedimiento correspondiente, habiéndose respetado la garantía de audiencia de la empresa, se le ordenó desde noviembre de 2019 que debía desocupar de manera voluntaria y dentro de 15 días hábiles la vía pública.
De hacerlo, dijo, el procedimiento se realiza de manera forzosa, en los términos que establece el reglamento de la ley de edificaciones para el municipio de Ensenada, Baja California.
Subrayó que es “importante informar que la empresa lejos de mostrar voluntad y apoyo al respeto de los reglamentos y leyes estatales, ha buscado invocar acciones para permanecer en la invasión ilegal del bien de dominio público”.
Añadió que se dará vista a las autoridades correspondientes investigadoras de delitos por las responsabilidades en que pudiese incurrir la empresa derivadas de sus conductas desplegadas, las cuales violentan el orden público y el interés social.