Ciudad de México, 5 de mayo de 2026.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) advirtió sobre el incremento de cobros automáticos injustificados tras la cancelación de servicios, e informó que las personas afectadas pueden denunciar estas prácticas y exigir la devolución de su dinero.
La dependencia federal explicó que los proveedores están obligados por ley a informar de manera clara si un servicio incluye cargos recurrentes automáticos. También deben detallar su periodicidad, monto y fecha de aplicación. Esta obligación se reforzó con las modificaciones realizadas en diciembre de 2025 al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Además, cuando un contrato contempla renovación automática —como ocurre en servicios digitales o suscripciones— los proveedores deben notificar al usuario con al menos cinco días naturales de anticipación antes de realizar el cobro. Esto permite a las personas cancelar sin enfrentar penalizaciones.
Profeco identificó que muchos cobros indebidos ocurren por procesos de cancelación incompletos, desconocimiento de cláusulas contractuales o falta de comprobantes. También influyen errores administrativos de las empresas, lo que termina afectando directamente al consumidor.
Ante este escenario, la dependencia recomendó verificar siempre los términos y condiciones antes de contratar un servicio. También subrayó la importancia de completar correctamente el proceso de cancelación y solicitar un folio o comprobante que respalde la baja del servicio.
En caso de que un proveedor continúe realizando cargos después de la cancelación o se niegue a devolver el dinero, el consumidor puede presentar una queja formal. Este trámite puede realizarse en cualquiera de las Oficinas de Defensa del Consumidor o mediante el sistema de conciliación en línea.
Para agilizar el proceso, Profeco indicó que es necesario contar con documentación básica como identificación oficial, contrato del servicio, comprobante de cancelación, recibos de pago y estados de cuenta donde se reflejen los cargos indebidos.
La ley establece que, cuando se comprueba un incumplimiento, el proveedor debe devolver las cantidades cobradas de forma injustificada. En algunos casos, también puede aplicarse una bonificación o compensación adicional en favor del consumidor.
La Procuraduría también alertó que negar la cancelación de un servicio o condicionar el proceso mientras continúan los cobros representa una práctica abusiva. Estas acciones vulneran los derechos del consumidor y deben ser denunciadas.
En Baja California, donde el uso de servicios digitales, plataformas de streaming y membresías ha crecido de forma constante, este tipo de situaciones se ha vuelto más frecuente. Especialistas recomiendan a los usuarios revisar periódicamente sus estados de cuenta para detectar cargos no reconocidos y actuar de inmediato.
Profeco reiteró que la prevención es clave. Leer contratos, guardar comprobantes y exigir información clara son pasos fundamentales para evitar afectaciones económicas derivadas de cobros automáticos indebidos.


