Ciudad de México, 29 de septiembre de 2026.- Una publicación difundida en redes sociales asegura que hacer memes o publicaciones para burlarse de Morena podría castigarse con hasta siete años de cárcel y multas superiores al millón de pesos.

La afirmación ha generado alarma porque está construida alrededor de una discusión legislativa que sí ocurrió, pero presenta como aprobado un alcance que no corresponde con la versión modificada del dictamen que avanzó en comisiones del Senado.

La controversia surgió alrededor de una reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal, enviada al Congreso el pasado 29 de mayo y relacionada principalmente con propiedad intelectual, piratería y determinados usos ilegales de identidad gráfica institucional. 

En el debate público, parte de esta reforma terminó siendo denominada “Ley Antimemes”.

¿De dónde salieron los siete años?

La cifra no fue inventada.

La redacción originalmente discutida del artículo 403 Bis contemplaba penas de tres a siete años de prisión, además de multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), para determinadas conductas relacionadas con el uso, reproducción o imitación, a escala comercial, de identidad gráfica institucional y otros elementos oficiales con el propósito de inducir al error o engaño.

Ese texto encendió las alertas.

Legisladores de oposición, entre ellos representantes del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, cuestionaron que una redacción demasiado amplia pudiera terminar afectando parodias, caricaturas, memes o contenidos periodísticos que utilizan elementos gráficos gubernamentales.

Ricardo Anaya, coordinador del PAN en el Senado, pidió incluso incorporar expresamente excepciones para periodistas y parodias. Esa fue una posición de la oposición sobre los posibles alcances de la propuesta, no una descripción de una condena ya vigente contra quienes publicaran memes.

El artículo terminó modificado

Antes de aprobarse en comisiones, el senador Javier Corral propuso modificar el polémico artículo 403 Bis.

La versión resultante redujo la pena propuesta de uno a cinco años de prisión, mantuvo multas de mil a 10 mil UMAy agregó condiciones mucho más específicas para configurar la conducta.

De acuerdo con la explicación publicada por el propio Canal del Congreso, la sanción propuesta sería para quien, “a escala comercial”, utilice, reproduzca, imite o incorpore identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales para inducir al error o engaño con intención de cometer un ilícito.

La finalidad es relevante.

No basta con utilizar un logotipo gubernamental. La conducta tendría que estar relacionada con hacer creer que una comunicación, documento, plataforma, servicio o sistema informático tiene un origen oficial y existir intención de cometer un ilícito.

El ejemplo mencionado durante la discusión fue el de páginas falsas que utilizan logotipos gubernamentales para hacerlas pasar como oficiales y solicitar dinero a las personas.

Entonces, ¿un meme puede llevarte a prisión?

El texto aprobado en comisiones no establece que hacer un meme, caricatura o parodia del gobierno constituya por sí mismo el delito descrito en el artículo 403 Bis.

Tampoco establece una pena específica por burlarse de Morena.

El propio presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, rechazó durante la discusión que la disposición estuviera destinada a encarcelar a quienes elaboren memes o parodias y sostuvo que el objetivo es perseguir usos engañosos de la identidad institucional. 

Esto no elimina la controversia jurídica y política que generó la iniciativa.

Los partidos de oposición argumentaron que la primera redacción podía producir interpretaciones restrictivas para la libertad de expresión. Los legisladores que respaldaron la modificación sostuvieron, por el contrario, que nunca fue propósito de la reforma perseguir la sátira política.

Es importante distinguir esas posiciones políticas del contenido que finalmente quedó en el dictamen.

Morena tampoco es lo mismo que una institución pública

Hay otra diferencia importante en la publicación viral.

El mensaje afirma:

“Si haces memes de Morena irás a la cárcel”.

Pero el artículo cuestionado habla de identidad gráfica institucional perteneciente a instituciones públicas, no de proteger específicamente la identidad de Morena ni de algún otro partido político frente a burlas.

Por ello, presentar la reforma como una legislación diseñada específicamente para impedir que los ciudadanos hagan memes de Morena modifica sustancialmente el contenido y contexto de la disposición.

¿Ya está vigente?

No por el solo hecho de haber sido aprobada en comisiones.

Las Comisiones Unidas de Justicia, Economía y Estudios Legislativos Primera aprobaron el dictamen el 23 de septiembre y posteriormente se le dio primera lectura en el pleno del Senado. El Canal del Congreso reportó el 25 de septiembre que ese era el estado del procedimiento legislativo.

Por tanto, también resulta incorrecto interpretar la publicación como si actualmente una persona pudiera recibir esa condena por publicar un meme.

¿Por qué entonces se le llama “Ley Antimemes”?

Porque el debate sobre los memes sí existió.

La oposición utilizó el término al advertir sobre las posibles consecuencias de la redacción original. La controversia adquirió suficiente relevancia para que durante la discusión se modificara el artículo y se redujera además la pena propuesta de tres a siete años a uno a cinco años. 

De ahí provienen varios de los elementos que posteriormente terminaron mezclados en publicaciones virales.

Lo que circula vs. lo que realmente avanzó

Publicación viralTexto que avanzó en comisiones
Hasta 7 años de cárcel1 a 5 años en el artículo modificado
Por hacer memesNo tipifica el simple hecho de hacer un meme
Por burlarse de MorenaEl artículo se refiere a identidad de instituciones públicas
Busca proteger al partidoSus impulsores señalan como objetivo combatir engaño/fraude mediante identidad oficial
Ya fue aprobada como leyAl 25 de septiembre había avanzado en comisiones y recibido primera lectura en el Senado

Una preocupación real detrás de una publicación engañosa

La discusión sobre los límites de la disposición no debe minimizarse.

La oposición pidió que la protección de parodia, sátira, caricatura y trabajo periodístico quedara expresamente establecida en el texto, mientras quienes promovieron la modificación consideran que los elementos incorporados —escala comercial, engaño e intención de cometer un ilícito— ya delimitan suficientemente la conducta penal.

Ese debate sobre libertad de expresión es legítimo y continúa siendo periodísticamente relevante.

Lo que no corresponde con el texto que avanzó en el Senado es afirmar que Morena aprobó una ley para encarcelar durante siete años a quienes hagan memes burlándose del partido.

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