Mexicali, Baja California, 21 de abril de 2026.- Una iniciativa de reforma al Código Penal de Baja California busca eliminar el delito de estupro y redefinir la violación bajo un enfoque centrado en el consentimiento, con el objetivo de fortalecer la protección jurĆdica de vĆctimas, especialmente menores de edad y mujeres.
La propuesta fue presentada por la diputada Liliana Michel SĆ”nchez Allende, quien plantea modificar diversos artĆculos del marco penal estatal para actualizar su contenido conforme a estĆ”ndares actuales de derechos humanos. El planteamiento incluye la derogación de las disposiciones relacionadas con el estupro, figura que, segĆŗn el documento, ha quedado rebasada y genera vacĆos legales.
De acuerdo con la exposición de motivos, el delito de estupro contiene elementos que pueden relativizar el consentimiento, al considerar factores como el engaño o la seducción. Esto, advierte la legisladora, abre la puerta a interpretaciones que no garantizan una protección integral para niñas, niños, adolescentes y mujeres.
La iniciativa propone redefinir el delito de violación para establecer que cualquier acto sexual sin consentimiento sea considerado como tal, sin que sea necesario acreditar violencia fĆsica o resistencia por parte de la vĆctima. Este cambio busca alinearse con criterios internacionales y con resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Otro de los puntos centrales es la incorporación explĆcita del concepto de consentimiento dentro del Código Penal. El documento establece que este no puede inferirse del silencio, la pasividad o la ausencia de resistencia, y que se invalida en contextos donde existan factores como intimidación, abuso de poder, coerción o condiciones de vulnerabilidad.
La propuesta tambiĆ©n contempla ampliar la protección hacia personas menores de 18 aƱos, al seƱalar que cualquier relación sexual en este rango debe analizarse bajo un enfoque de protección reforzada. No obstante, se prevĆ©n excepciones especĆficas para relaciones consentidas entre adolescentes con proximidad de edad, bajo condiciones delimitadas.
En materia de agravantes, la iniciativa plantea fortalecer las sanciones cuando el delito de violación se cometa en contextos de relación de autoridad, confianza o subordinación, asĆ como en casos vinculados con la orientación sexual, identidad o expresión de gĆ©nero de la vĆctima. TambiĆ©n se consideran agravantes los casos en los que las vĆctimas sean menores de edad.
La propuesta se suma a una tendencia en reformas legales que buscan actualizar la tipificación de delitos sexuales bajo un enfoque centrado en los derechos humanos y la protección efectiva de las vĆctimas, en concordancia con estĆ”ndares internacionales.


