Tijuana, Baja California, 20 de mayo de 2024. La gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Avila Olmeda, reiteró que las empresas tienen como fecha límite el 30 de mayo para el reparto de utilidades conforme a la ley, mientras que las personas físicas tienen hasta el 29 de junio, considerando las fechas de las declaraciones fiscales correspondientes.

La mandataria estatal explicó que la población trabajadora tiene el derecho constitucional de recibir una parte de las ganancias generadas por la empresa o patrón, conforme a lo determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

“En Baja California tenemos un cumplimiento positivo en ese reparto, por eso seguimos y seguiremos instando a las y los patrones a que continúen beneficiando a los trabajadores de manera oportuna”, sostuvo Avila Olmeda.

Por su parte, el secretario del Trabajo y Previsión Social, Alejandro Arregui Ibarra, indicó que las empresas deben entregar copia de la declaración del ejercicio fiscal anterior, la cual puede ser objetada por los trabajadores dentro de los 10 días posteriores a su presentación.

Asimismo, explicó que del 10 por ciento de las utilidades netas, el 5 por ciento se reparte entre la fuerza laboral considerando los días trabajados en el año, y el otro 5 por ciento se otorga en proporción a los salarios devengados.

Quedan excluidos del reparto de utilidades directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas, así como trabajadores eventuales con menos de 60 días de trabajo y prestadores de servicios profesionales.

Arregui Ibarra añadió que no tienen que repartir utilidades las empresas de nueva creación, aquellas innovadoras, la industria extractiva en periodo de exploración y las empresas de asistencia privada y humanitaria.

Finalmente, destacó que la Secretaría del Trabajo cuenta con el número de WhatsApp 686 391 8714 para que los trabajadores con dudas en el proceso del pago de utilidades se comuniquen y reciban asesoría.

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